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martes, 10 de enero de 2012

ICE. Informe de conservación de edificios

¿Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Ayudas a la realización del Informe de Conservación del Edificio. Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y Plan Autonómico de Vivienda y Rehabilitación de la Comunitat Valenciana 2009-2012. Objeto del trámite El Informe de Conservación del Edificio (ICE) es un documento técnico que recoge la información relativa a la situación general de los elementos comunes del edificio, con el fin de evaluar y establecer los elementos a reparar, las prioridades de intervención, y en su caso, la necesidad de otros informes complementarios sobre el edificio. El ICE sustirá los efectos de inspección técnica en los edificios de más de 50 años. Inicio ¿Quién puede iniciarlo? Interesados/Solicitantes Podrán solicitar el Informe de Conservación del Edificio los promotores de las actuaciones de rehabilitación, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, ya sean usuarios o no de las viviendas o edificios. Tendrán consideración de promotor usuario: a) La Comunidad de propietarios b) Los promotores usuarios (propietarios, inquilinos o usuarios de las viviendas c) El promotor público Requisitos Son requisitos necesarios para acceder a las ayudas por la realización del Informe de Conservación del Edificio (ICE): 1) Que el 70% de las viviendas del edificio se destinen a residencia habitual y permanente de sus ocupantes. 2) Que junto con las ayudas a la realización del ICE, se solicite la Calificación Provisional y Financiación Cualificada en edificio mediante impreso 39321. 3) Que el edificio tenga una antigüedad superior a 25 años, salvo cuando se realicen obras de accesibilidad en el mismo. Inicio Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro El coste correspondiente a la redacción del Informe de Conservación del Edificio (ICE) se subvenciona en su totalidad. Dicha ayuda se establece de una sola vez y no repetible. El pago del ICE se hará directamente al colegio profesional con el que se haya convenido. de inspección y evaluación preliminar de la estructura del edificio, previstos en el Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell (DOCV nº 6124, de 16/10/09). Lista de normativa Ver Decreto 76/2007, de 18 de mayo Ver Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012 Ver Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre Ver Orden de 28 de julio de 2009 Ver Orden de 28 de septiembre de 2009

ICE. Informe de conservación del edificio

¿Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Ayudas a la realización del Informe de Conservación del Edificio. Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y Plan Autonómico de Vivienda y Rehabilitación de la Comunitat Valenciana 2009-2012. Objeto del trámite El Informe de Conservación del Edificio (ICE) es un documento técnico que recoge la información relativa a la situación general de los elementos comunes del edificio, con el fin de evaluar y establecer los elementos a reparar, las prioridades de intervención, y en su caso, la necesidad de otros informes complementarios sobre el edificio. El ICE sustirá los efectos de inspección técnica en los edificios de más de 50 años. Inicio ¿Quién puede iniciarlo? Interesados/Solicitantes Podrán solicitar el Informe de Conservación del Edificio los promotores de las actuaciones de rehabilitación, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, ya sean usuarios o no de las viviendas o edificios. Tendrán consideración de promotor usuario: a) La Comunidad de propietarios b) Los promotores usuarios (propietarios, inquilinos o usuarios de las viviendas ) c) El promotor público Requisitos Son requisitos necesarios para acceder a las ayudas por la realización del Informe de Conservación del Edificio (ICE): 1) Que el 70% de las viviendas del edificio se destinen a residencia habitual y permanente de sus ocupantes. 2) Que junto con las ayudas a la realización del ICE, se solicite la Calificación Provisional y Financiación Cualificada en edificio mediante impreso 39321. 3) Que el edificio tenga una antigüedad superior a 25 años, salvo cuando se realicen obras de accesibilidad en el mismo. Inicio Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro El coste correspondiente a la redacción del Informe de Conservación del Edificio (ICE) se subvenciona en su totalidad. Dicha ayuda se establece de una sola vez y no repetible. El pago del ICE se hará directamente al colegio profesional con el que se haya convenido. Inicio ¿Cuándo solicitarlo? Plazo de presentación El Informe de Conservación del Edificio se debe presentar junto con el impreso 39321 de Solicitud de Calificación Provisional y Financiación Cualificada por rehabilitación de elementos comunes en edificio. Se deberá solicitar antes de iniciar las obras de rehabilitación. Inicio ¿Dónde dirigirse? - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en: LAS OFICINAS COMARCALES DE REHABILITACIÓN (OCRES) (Para conocer la ubicación de las mismas, llamar al 012 o pinchar en el enlace). REGISTRO DE LA OFICINA DEL PLAN DE REHABILITACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE ALICANTE (RACHA) C/ SANTÍSIMA FAZ, 5 03002 Alacant/Alicante Tel: 965206364 REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE VIVIENDA Y PROYECTOS URBANOS - ALICANTE AVDA. AGUILERA, 1 03007 Alacant/Alicante Tel: 012 REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE VIVIENDA Y PROYECTOS URBANOS - VALENCIA C/ GREGORIO GEA, 27 46009 Valencia Tel: 012 REGISTRO AUXILIAR DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE INFRAESTRUCTURAS, TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE - CASTELLÓN AVDA. DEL MAR, 16 12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana Tel: 012 Inicio ¿Qué documentación se debe presentar? A) Si el solicitante es comunidad de propietarios: Original y fotocopia para su cotejo del acta de la Junta de propietarios mediante la cual: 1º) Se acredite la legitimidad jurídica de su representante, 2º) Se autorice la realización de las obras, 3º) Se haga constar que conocen las condiciones para acceder a las medidas del Plan de Vivienda vigente, 4º) Los propietarios, inquilinos u ocupantes autorizan el acceso de los técnicos inspectores y personal acreditado a todas las dependencias del edificio que son objeto de inspección, para proceder a la realización del ICE, y en su caso, el Informe de Inspección y Evaluación preliminar de la estructura del edificio, así como a aceptar que el pago de los importes de los informes, se hará a través del colegio profesional con el que se haya convenido, al técnico inspector. B) Si el solicitante es Ayuntamiento: 1) Aprobación por el órgano compentente, y acuerdo de los propietarios mediante el cual se delegue la gestión. 2) Breve descripción de las obras que se pretenden realizar en los elementos comunes, agrupadas conforme al Plan de Vivienda vigente. C) En todos los casos: 1) NIF/CIF/NIE del promotor y del representante. 2) Documentación acreditativa de la representación que ostente el solicitante. 3)Acreditación de la titularidad del edificio de viviendas mediante Nota Simple Informativa del Registro de la Propiedad, cuya antigüedad no podrá ser superior a tres meses, tomando como fecha de cómputo la de presentación de la solicitud en el registro administrativo competente, y acreditación de la cuota de participación de los copropietarios, ratificada en junta por unanimidad, en el caso de haber modificaciones en las cuotas de participación originales. 4)Acreditación mediante volantes de empadronamiento, o mediante Informe de empadronamiento, que al menos el 70% de las viviendas del edificio se destina a domicilio habitual y permanente. 5) Fotografías de las fachadas del edificio y de las partes objeto de rehabilitación. 6) Acreditación de la antigüedad del edificio. 7) Breve descripción de las obras que se pretenden realizar en los elementos comunes. Impresos asociados [39111] SOLICITUD DE AYUDAS A LA REALIZACIÓN DEL INFORME DE CONSERVACIÓN DEL EDIFICIO (ICE) SOLICITUD DE DESISTIMIENTO DE LAS AYUDAS A LA REALIZACIÓN DEL INFORME DE CONSERVACIÓN DEL EDIFICIO (ICE) SOLICITUD DE RENUNCIA DE LAS AYUDAS A LA REALIZACIÓN DEL INFORME DE CONSERVACIÓN DEL EDIFICIO (ICE) MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA Inicio ¿Cómo se tramita? Pasos 1) El expediente de rehabilitación se inicia mediante la presentación del impreso 39111 de Solicitud de ayudas a la realización del informe de conservación del edificio, junto con el impreso 39321 de Solicitud de calificación provisional y financiación cualificada en edificio, acompañados de la documentación oportuna. 2) El Colegio profesional que haya recibido el encargo designara a un técnico de la bolsa de inspectores para que realice el Informe. El técnico se pondrá en contacto con la Comunidad de propietarios con el fin de concretar la fecha de inspección. Se deberá facilitar el acceso al edificio al técnico para la correcta y completar realización del Informe. 3) Realizado, validado y resuelto el Informe se comunicará al promotor del mismo, y se continuará con la tramitación del expediente. Inicio ¿Qué recursos proceden contra la resolución? Recurso alzada ante la Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Inicio Fuentes jurídicas y/o documentales Normativa - Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana. - Decreto 76/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas (DOCV nº 5519, de 24/05/07). - Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012. (DOCV nº 6016, de 19/05/09) - Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. (BOE. nº 309, de 24/12/08). - Orden de 28 de julio de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de las medidas de financiación de actuaciones protegidas previstas en los planes de vivienda y suelo (DOCV nº 6076, de 11/08/09). - Orden de 28 de septiembre de 2009, de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se regula el importe de la subvención por la realización de los informes de conservación del edificio e informes de inspección y evaluación preliminar de la estructura del edificio, previstos en el Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell (DOCV nº 6124, de 16/10/09). Lista de normativa Ver Decreto 76/2007, de 18 de mayo Ver Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012 Ver Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre Ver Orden de 28 de julio de 2009 Ver Orden de 28 de septiembre de 2009